Artemis II reabre el debate sobre la gobernanza y las reglas del derecho espacial

El regreso de la humanidad a la Luna con la misión Artemis II ha intensificado la discusión sobre el marco legal que regula la exploración y el uso de recursos en el espacio ultraterrestre, donde existen vacíos jurídicos y posturas divergentes entre potencias espaciales.

Ciudad de México, 26 de enero de 2026. El retorno de la actividad humana a la Luna, impulsado por la misión Artemis II de la NASA, ha colocado en el centro del debate internacional la gobernanza del espacio ultraterrestre y la definición de reglas sobre derechos, responsabilidades y uso de recursos fuera de la Tierra.

En entrevista con La Jornada, Gustavo Medina Tanco, responsable del Laboratorio de Instrumentación Espacial de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que la humanidad se adentra en un ámbito donde la regulación jurídica es limitada. Explicó que actualmente existen únicamente cinco tratados internacionales y algunas reglamentaciones promovidas por Naciones Unidas que abordan las actividades en el espacio.

Medina Tanco subrayó que el derecho vigente se desarrolló dentro de la biosfera terrestre y se basa en principios como la propiedad y la soberanía, conceptos que no se aplican de la misma manera en el espacio. A diferencia de los territorios nacionales, el espacio ultraterrestre no reconoce jurisdicciones soberanas.

El marco legal existente está conformado por cinco tratados multilaterales gestionados por la Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de la ONU. Entre ellos destaca el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre de 1967, que establece que la exploración y el uso del espacio, incluida la Luna y otros cuerpos celestes, deben realizarse con fines pacíficos y sin apropiación por parte de ningún Estado. Este tratado fue firmado por países como Estados Unidos, Rusia, China, India y varias naciones europeas.

Otro instrumento es el Acuerdo sobre la Luna de 1979, que regula las actividades en el satélite natural y otros cuerpos celestes. El acuerdo establece que la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la humanidad y prohíbe que su superficie, subsuelo o recursos sean objeto de propiedad por parte de Estados, organizaciones o personas físicas. Sin embargo, este acuerdo no fue firmado por las principales potencias con capacidad espacial.

En octubre de 2020, Estados Unidos impulsó los Acuerdos Artemis, firmados de manera bilateral con cada país participante. Hasta ahora, 55 naciones se han adherido. Estos acuerdos introducen el concepto de “zonas de seguridad”, áreas temporales alrededor de actividades espaciales para evitar interferencias y accidentes, sin otorgar soberanía ni derechos de propiedad.

Los Acuerdos Artemis también sostienen que el uso y la comercialización de recursos espaciales es compatible con el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre, al considerar que la extracción de materiales no equivale a la apropiación territorial.

Para Medina Tanco, Artemis II representa un punto de inflexión, ya que la exploración espacial se perfila como una actividad sostenida en la que participan Estados, empresas privadas y consorcios internacionales con objetivos científicos, económicos y comerciales. Ante este escenario, advirtió sobre la necesidad de construir nuevas reglas que regulen la interacción entre las principales potencias espaciales y eviten reproducir en el espacio los conflictos históricos de la Tierra.

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