
Reforma a la Ley del Consumidor regula cobros automáticos en servicios digitales
El gobierno federal publicó modificaciones a la Ley Federal del Consumidor que establecen nuevas obligaciones para proveedores de servicios digitales con cobros recurrentes, como plataformas de streaming, telefonía e internet.
Ciudad de México, 12 de diciembre de 2025. El gobierno de México, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que modifica la Ley Federal del Consumidor para regular los cobros automáticos recurrentes en servicios digitales.
El decreto adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la ley y entra en vigor a partir de este sábado 13 de diciembre. Las disposiciones aplican a proveedores de servicios como plataformas de streaming, televisión de paga, telefonía fija y móvil, así como servicios de internet.
De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), los cambios establecen que los proveedores deberán permitir la cancelación inmediata de suscripciones, membresías o servicios digitales, sin contravenir las disposiciones contractuales.
Asimismo, los proveedores estarán obligados a informar de manera clara si el servicio incluye cobros automáticos recurrentes, detallando la periodicidad, el monto y la fecha del cargo. Dichos cobros deberán contar con el consentimiento expreso e informado de la persona consumidora.
En los casos de renovación automática, las empresas deberán notificar al consumidor con al menos cinco días de anticipación y permitir la cancelación del servicio sin penalización.
La reforma también señala que las personas consumidoras tienen derecho a decidir la cantidad y calidad del servicio contratado, así como a determinar si desean recibir avisos comerciales.
Las empresas proveedoras de servicios digitales deberán evitar prácticas de venta o publicidad que no proporcionen información clara y suficiente, especialmente cuando se trate de contenidos dirigidos a grupos vulnerables como niñas y niños, personas adultas mayores o personas enfermas. Además, deberán advertir cuando la información no sea apta para dichos sectores.
La Profeco informó que, en caso de incumplimiento de estas disposiciones, las personas consumidoras podrán presentar quejas o denuncias a través de los canales oficiales de la dependencia.



