
Predial de casa de Noroña en Tepoztlán fue pagado por ciudadana con adeudos en el SAT
Puerta de ingreso a la casa de Gerardo Fernández Noroña en Morelos. Foto: Cuartoscuro
El senador Gerardo Fernández Noroña calificó de “incompetente” al alcalde de Tepoztlán, Perseo Quiroz Rendón, luego de que este señalara supuestas irregularidades en torno a la vivienda conocida como “La Casa del Silencio”. Sin embargo, en su intento por desacreditar al edil, el legislador terminó exhibiendo inconsistencias en la adquisición y registro de la propiedad que habita en el municipio morelense.
La propiedad en disputa
En su declaración patrimonial, Fernández Noroña reportó poseer una vivienda en Tepoztlán valuada en 12 millones de pesos, misma que —según dijo— está pagando mediante un crédito. No obstante, autoridades de bienes comunales y del ayuntamiento confirmaron que no existe registro catastral de dicho inmueble a nombre del senador, lo que abre la puerta a posibles irregularidades fiscales y administrativas.
El alcalde Quiroz Rendón aseguró que, de ser propietario, el legislador debería cumplir con la regularización de la propiedad y el pago correspondiente del impuesto predial, como marca la normativa local.
La respuesta de Noroña
A través de sus redes sociales, el senador negó cualquier falta y arremetió contra el edil:
“El alcalde de Tepoztlán es un incompetente. Yo no tengo propiedades en Tepoztlán; por ello no tengo que pagar impuesto predial. La persona dueña de la casa en la que estoy viviendo —la cual estoy pagando en mensualidades a varios años— es quien paga el predial puntualmente. ¿Es desorden administrativo o corrupción en Tepoztlán?”
El problema es que el propio documento que Fernández Noroña difundió como prueba lo coloca en condición de poseedor del inmueble, lo que según la legislación morelense lo obliga a notificar y registrar la propiedad ante la autoridad catastral.

Acompañó su mensaje con la boleta de pago del predial 2025, que contiene la siguiente información:
- Factura de Pago de Predial 2025 – Tepoztlán, Morelos
- Folio Fiscal: 9ba86ab-4167-48af-9146-2563979116be
- Número de Factura: D2 8214
- Fecha de Emisión: 10 de marzo de 2025, 10:52:35
- Método de Pago: Tarjeta de crédito (PUE)
- Condiciones: Pago en una sola exhibición
- Régimen Fiscal del Emisor: 603 Personas Morales con Fines no Lucrativos
Receptor:
- RFC: XAXX010101000
- Uso CFDI: 501 Sin efectos fiscales
- Domicilio: Tepoztlán, Morelos, CP 62520
- Concepto:
- Pago de impuesto predial 2025 con 10% de descuento por pronto pago (marzo)
- Diferencias BIM 6 al 6 de 2024
Predio:
- Tipo: Urbano
- Ubicación: Amant, a Ocuitlán s/n, Tepoztlán
- Superficie: 1,201.63 m² (privada), 259.93 m² construida
- Base gravable: $1,327,200.52
Importe:
- Importe del impuesto: $4,188.00
- Subsidio: $391.00
- Total pagado: $3,777.00
- Cajero: Martha Gómez García

Lo que dice la ley
La Ley de Catastro Municipal del Estado de Morelos, en su Artículo 54, establece que todos los propietarios o poseedores de inmuebles deben inscribirlos ante la autoridad catastral municipal. Esto incluye medidas de terreno y construcción, ubicación, uso de suelo y si se ostenta la calidad de propietario o poseedor.
Asimismo, cualquier modificación —adquisición, subdivisión, fraccionamiento, cambio de uso de suelo o de superficie— debe notificarse en un plazo máximo de 15 días posteriores a la autorización correspondiente.
De acuerdo con expertos consultados, si la compra de la vivienda por 12 millones de pesos se confirma, el impuesto predial que debería pagarse superaría los 37 mil pesos anuales. La boleta de pago presentada por Noroña aún aparece a nombre de la antigua dueña, lo que no solo evidencia que la información no ha sido actualizada, sino que implica un incumplimiento legal en la inscripción y notificación de la adquisición.
Entre la política y la legalidad
El episodio, que comenzó como un enfrentamiento político entre el senador y el alcalde de Tepoztlán, terminó revelando un posible caso de irregularidades fiscales y administrativas alrededor de la propiedad que habita Fernández Noroña.
Mientras el legislador insiste en que él no es el propietario formal, la propia documentación que dio a conocer apunta a lo contrario: que figura como poseedor, condición que la ley reconoce con las mismas obligaciones de registro y pago que un propietario.

Para ponerlo en contexto, una vivienda de interés social de aproximadamente 75 metros cuadrados tiene un valor aproximado de un millón doscientos mil pesos, por lo que el monto del predial de “La Casa del Silencio” sería similar al de una vivienda de menor valor.



