SCJN avala cobro millonario al grupo de Salinas Pliego

La Corte desechó los últimos recursos de Elektra y TV Azteca, dejando firmes créditos fiscales por más de 33 mil millones de pesos.

Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó de manera definitiva los últimos recursos promovidos por Grupo Elektra y TV Azteca para impugnar siete créditos fiscales que, en su monto original, ascienden a 33 mil 477 millones de pesos. Con la decisión, las resoluciones de los tribunales inferiores quedan firmes y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) queda en posición de proceder al cobro forzoso.

Los asuntos fueron votados por unanimidad. El pleno de ministros concluyó que ninguno de los recursos presentados por las empresas de Ricardo Salinas Pliego planteaba un tema novedoso o de interpretación constitucional que justificara su atracción.

La resolución pone fin al camino legal dentro de México para impugnar estos créditos. Antes de llegar a la Corte, Grupo Elektra y otras empresas del conglomerado habían promovido juicios y amparos para cuestionar la validez de los adeudos fiscales, sin obtener sentencias favorables. Al negarse la SCJN a revisar estos amparos, los fallos previos quedan firmes y no pueden ser apelados en instancias nacionales.

SAT podrá ejecutar el cobro

Con las resoluciones ya firmes, el SAT puede iniciar procedimientos de cobro forzoso, entre los que se contemplan:

Embargo de cuentas bancarias, bienes o acciones de las empresas involucradas. Ejecución de garantías previamente ofrecidas. Cobro directo mediante procedimientos administrativos.

Expertos señalan que, aunque las empresas podrían intentar acudir a instancias internacionales —como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)— argumentando posibles violaciones al debido proceso, este tipo de recursos no suspende el pago ni detiene los procedimientos iniciados por el fisco mexicano.

Un caso que llega a su fase final

Con este fallo, la Corte cerró definitivamente uno de los litigios fiscales más grandes en la historia reciente del país, dejando al SAT en posición de ejecutar el cobro de los créditos fiscales reclamados durante años y reafirmando el criterio de que no existe un tema constitucional pendiente que justifique una revisión extraordinaria.